A- de 2023
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Comfenalco·Demandado Ministerio De Salud Y Proteccion Social
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto normativo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto Aparente de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 32 Administrativo del Circuito de Medellín y la Sala Laboral Cuarta de Decisión del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellín.
La controversia fue causada por demanda ordinaria laboral de mayor cuantía presentada por la Caja de Compensación Familiar de Antioquia en contra de la Nación – Ministerio de Salud y Protección Social,1 con el fin de que se reconozca y pague el valor de los servicios prestados por la demandante en relación con los medicamentos y/o procedimientos, intervenciones o elementos no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud.
La Sala estima que en este caso no se acredita el presupuesto normativo pues advierte que, a pesar de que concurren formalmente dos autoridades judiciales y ambas rechazaron el conocimiento del asunto, el Juzgado Administrativo, que propuso el presente conflicto, no sustentó en ningún argumento de índole normativo o jurisprudencial su posición para rechazar la competencia pues solo basó su fundamentación en argumentos de mera conveniencia dentro del contexto particular de la practicidad para dar trámite a una acción propia del procedimiento contencioso administrativo.
En consecuencia, la Corte se declara inhibida para decidir y ordena remitir el expediente al Juzgado 32 Administrativo del Circuito de Medellín para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique lo pertinente a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA para resolver sobre el conflicto de jurisdicción promovido por el Juzgado 32 Administrativo del Circuito de Medellín y la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín, Sala Cuarta de Decisión, por incumplir el presupuesto normativo para su configuración.
- Segundo. Por Secretaría General, REMITIR al Juzgado 32 Administrativo del Circuito de Medellín el expediente CJU-2740 para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique lo pertinente a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.